Ciencia Política

"La ciencia política no puede constituirse como una ciencia neutra, ni exclusivamente empirista, tiene sí una función esclarecedora, estratégica y transformadora de sociedades desiguales". Lic. Miguel Duarte (2006).

10.6.12

"Aportes de la Asociación Argentina al campo de estudio del Derecho Político”. Por Lic. Miguel Angel DUARTE

"Aportes de la Asociación Argentina al campo de estudio del Derecho Político”.*
Por Lic. Miguel Angel DUARTE

* Este artículo saldrá publicado en el libro sobre Derecho Político que está preparando la Asociación Argentina de Derecho Político con la Coordinación de Dr. Jorge E. Barbara y Dr. Gustavo Fernández Suárez, y que será editado en próximos meses del año 2012.

“Las evaluaciones se han convertido en resultados que deben conducirnos a decidir. Tras haber preparado, planeado, analizado, calculado y evaluado, hemos escoger el rumbo de la acción”
Garry KASPAROV - “El proceso de toma de decisiones” Cómo la Vida imita al Ajedrez (2007)

Presentación.
El campo de estudio del Derecho Político reúne un complejo entramado de perspectivas teóricas, disciplinas y estructuras curriculares que provocan en los estudiantes de derecho una percepción generalizada que suele exteriorizarse en aseveraciones como la siguiente: el derecho político es importante por los conocimientos universales que brinda y contribuye significativamente a la cultura general de los futuros profesionales del derecho, pero no realiza un aporte concreto que se pueda aplicar en el desarrollo de la profesión. En línea con lo expuesto predomina el reclamo por manuales que reduzcan la diversidad de textos utilizados para el tratamiento de los temas centrales de la materia. Por su parte, los profesores son concientes de la amplitud de perspectivas y fuentes de estudio que caracterizan al Derecho Político.
Por esas razones, entre otras, cobró impulso un singular itinerario en pos de fortalecer el campo del Derecho Político tanto en los aspectos teóricos cuanto en la conformación de una red vincular entre profesores de dicho campo.
En efecto, el proceso de configuración de vinculos docentes condujo a la creación de un marco institucional que permitió la puesta en común de una agenda de temas y metodologías de abordaje y enseñanza de la disciplina, que impone una actualización permanente.
La creación de la Asociación Argentina de Derecho Político a instancias de profesores de distintas Facultades de Derecho de universidades nacionales de la República Argentina, data del año 2005 siguiendo dicho itinerario y con los propósitos mencionados. En un período de ocho o nueve años desde su gestación hasta la actualidad ¿Cuáles son los aportes de la AADP al campo de estudio del Derecho Político? ¿Ha logrado la AADP proponer abordajes innovadores al estudio del Derecho Político? ¿Se visualiza una renovación genuina en el conjunto de profesores y especialistas en la materia?
Dichos interrogantes guían el presente trabajo en el que ensayaremos de manera preliminar algunas respuestas y reflexiones en torno a la huella que la AADP va dejando en la enseñanza de la disciplina en las Facultades de Derecho de las universidades argentinas; luego ponderaremos la proyección institucional de la AADP para la formación y especialización de profesores de la materia; y proyectaremos algunas líneas de trabajo orientadas a la ampliación de los espacios de desarrollo de la AADP en el plano arquitectónico de la política nacional y regional.

El Derecho Político.
El uso de la expresión Derecho Político es de larga data en la República Argentina. En efecto, el primero en utilizarla fue el Dr. Mariano Moreno quien emprendió la ardua tarea de traducir la obra de Jean Jaques Rousseau1 Contrato Social o principios de derecho político, en el periódico La Gazeta en 1810.
En la Introducción a los Estudios Políticos (1992) el Doctor Mario Justo LÓPEZ2 relata que también Juan Bautista Alberdi “utilizó la expresión reiteradamente aunque sin precisar del todo el concepto”. Y continúa diciendo que “por fin, en 1922 fue creada la cátedra de derecho político en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires” seguida ésta por otras universidades.
Entroncado en el Derecho Público, es fundamental para la formación de los Abogados y especialistas en Ciencias Jurídicas dado que se trata de “una de las Ciencias politicas especiales, que expresa la compenetracion de dos nociones, el Estado y el Derecho, y -como su base real es el conocimeinto previo del Estado- que se funda necesariamente en una teoria del Estado” tal es el concepto de Adolfo Posada3 (1935); complementariamente, se destaca el basamento de la disciplina que se manifiesta en “La relación del Derecho con el Estado y en el Estado” tal como sostiene Mariano de Vedia y Mitre4 (1946); por su parte, Luis Sanchez Agesta (1959) destaca que el Derecho Político "[H]ace una clara alusion, desde el punto de vista etimológico, a constituir esa ciencia como una rama de las disciplinas jurídicas, calificada por su segundo término"5.
Si interrogamos sobre el objeto del Derecho Político cabe destacar el pronunciamiento de Herman Heller, quien sostenía que "La forma jurídica necesita de tanta más precisión y practicabilidad cuanto más numerosas y complejas sean las relaciones sociales” y señala “Este aspecto técnico del derecho, que se manifiesta unas veces en la determinación racional del contenido jurídico y otras en la certidumbre de la ejecución, es lo que llamamos seguridad juridica"6, y constituye uno de los nucleos temáticos del campo de estudio del Derecho Político.
El Derecho Político se nutre de los aportes de la Filosofía política o Historia de las ideas políticas; la Ciencia política o Teoría política -según el corte epistemológico adoptado-; la Teoria del Estado; las Relaciones Internacionales, y el Derecho Constitucional. Así vemos que su campo de estudio en la actualidad, como sostienen PESCADER y RETA7, enfrenta “multiples enfoques, criterios de organización y contenidos” que hacen necesario “un esfuerzo por delimitar el campo específico del derecho político”.
Trás esa búsqueda se reúnen profesores de distintas universidades argentinas en torno a la Asociación Argentina de Derecho Político que se constituyera por decisión de la asamblea organizada en el marco de la convocatoria al II Congreso Nacional de Derecho Político “Joaquín V. Gonzalez” realizado en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata en el mes de noviembre de 2005.

Institucionalización.
El vocablo institución viene del latin institutĭo, -ōnis; y según el diccionario de la Real Academia Española significa “1. f. Establecimiento o fundación de algo. 2. f. Cosa establecida o fundada. 3. f. Organismo que desempeña una función de interés público, especialmente benéfico o docente”. Por otra parte, Institucionalizar según el Diccionario Enciclopédico Voxes, significa “convertir algo en institucional. Conferir [a algo] el carácter de institución. Reconocer la existencia legal [de algo]. Estabilizar, fortalecer el funcionamiento de algún organismo, asociación, entidad”.
Las instituciones tienden a constituirse como espacios permanentes que van configurando y reproduciendo prácticas y lenguajes particulares, con carácter de especialización técnica o académica.
A un mismo tiempo contribuyen a la acumulación de capital simbólico8 para quienes las crean e integran, influyendo así en las difrentes redes de relaciones sociales y políticas que devienen de ellas.
En la constitución, configuración y desarrollo de las instituciones se pueden visualizar distintas tramas de vinculos interpersonales cruzados por relaciones de amistad, parentales, de intereses comunes, sean estos por la figuración en roles sociales relevantes, o bien por la contribución a la consolidación de enfoques teóricos o perspectivas académicas específicas.
En tal sentido, las instituciones constituyen ámbitos de luchas sociales, políticas, culturales, en que la dominación está presente por medio de prácticas, códigos, reconocimientos, distribución de recursos, y promociones difundidas a través de instrumentos de información, divulgación, o profundización de temas de la agenda institucional.
Así, en el campo del conocimiento se podría observar el despliegue de las relaciones de producción e intercambio de obras -sean estas libros, documentos, escritos, etc- que provienen de procesos cada vez mas rigurosos de especialización o bien de la utilización de diferentes recursos -relaciones institucionales, redes personales, etc- que suelen presentarse en formas de dominación simbólica9 cuando no proceden de instancias de selección o elección a través de mecanismos objetivos.
Distintos análisis sobre cultura política; constitucional; y organizacional; en la República Argentina, dan cuenta de tendencias históricas que configuran debilidades o acechanzas para las instituciones políticas, sociales y culturales, entre las que se destacan: concentración del poder organizacional en minorías, rasgos marcados de personalismo o nepotismo, anomia, y desconfianza en las relaciones interpersonales.
En las etapas fundacionales confluyen -coincidentemente o contradictoriamente- estrategias de inversión simbólica10 que movilizan incluso las pasiones de los profesionales individualmente o reunidos en grupos de referencia constituidos con anterioridad.
Somos concientes que la producción de conocimientos, la distribución de roles institucionales, los espacios de promoción académica o profesional, generan relaciones de poder que se manifiestan en el acceso y distribución desigual de recursos -materiales, institucionales, simbólicos, etc- escasos y valiosos para los profesores, profesionales, y estudiantes, que desarrollan sus actividades en una institución o en sus entornos.
La institucionalización de la Asociación Argentina de Derecho Político se consolida sorteando distintos conflictos en orden a perspectivas teóricas o académicas, relaciones interpersonales, disputas por formas manifiestas de capital simbólico, y situaciones de rupturas o dispersión, que son características de las instituciones en su etapa formativa.

Breve reseña histórica.
No es para menos entonces ponderar la importancia que adquiere el recorrido histórico de la Asociación Argentina de Derecho Político.
En efecto, el 26 de marzo de 2004 en la ciudad de Corrientes, a instancias de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Nacional del Nordeste se realizó el Encuentro Regional de Profesores de Derecho Político de Universidades Nacionales, en ese primer encuentro acordaron:
1) promover actividades conjuntas que contribuyan a precisar el significado de asignaturas con comunes denominadores tales como: Derecho Político, Teoría del Estado, Ciencia Política y Asignaturas afines que se dictaban en las Facultades de Derecho de Universidades Nacionales.
2) realizar un Encuentro Nacional de Docentes de las asignaturas mencionadas para abordar los siguientes ejes temáticos: - La Enseñanza de lo político en las Facultades de Derecho; - La crisis política argentina y su repercusión institucional.
3) Constituir la Comisión Promotora de la Asociación de Derecho Político, designando como Presidente al Profesor Héctor J. Zimerman y como Secretario al Profesor Alvaro Monzón Wyngaard.
Posteriormente, la Cátedra ¨A¨ de Derecho Político de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba cuyo Profesor Titular es el Dr. Jorge Edmundo Barbará, organizó el Seminario sobre ¨La Enseñanza de lo Político en las Facultades de Derecho: Su Sentido para la Formación del Abogado, juntamente con el Colegio de Abogados y el Tribunal de Disciplina de Abogados de Córdoba.
Luego, en la Universidad Nacional del Nordeste, en la Ciudad de Corrientes, se realizó el Encuentro Nacional de Profesores de Derecho Político, Teoría del Estado, Ciencia Política y/o Materias Afines, marco en el que se reunieron profesores de distintas universidades, a saber: Universidad Nacional de Rosario; Universidad Nacional del Litoral; Universidad de Buenos Aires; Universidad Nacional de Cuyo; Universidad Nacional de La Plata; Universidad Nacional de Córdoba; Universidad Católica de Córdoba; y Universidad Nacional del Nordeste. En dicho encuentro se trataron dos temas centrales, el primero, la constitución de la Asociación; y segundo, la elección de la sede para el siguiente encuentro.
Los profesores presentes decidieron denominar a la nueva institución: Asociación Argentina de Derecho Político (AADP), y por mandato de la asamblea se designó la Junta Promotora de la AADP, recayendo la Presidencia Honoraria en la persona del Dr. Porfirio A. Aquino y la Presidencia de la Junta en el Dr. Héctor Zimerman.
Hacia fines de 2005, en el marco de los festejos del centenario de la fundación de la Universidad de La Plata y por iniciativa de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales se organizaron las II Jornadas Nacionales de Derecho Político 'Joaquín V. González' realizadas durante los días 28 y 29 de noviembre de 2005.
Las Jornadas adquirieron tal trascendencia que constituyen en los anales de la AADP el “II Congreso Nacional de Derecho Político”. En efecto, el evento generó el marco necesario para que en la sede del Colegio de Abogados de la Ciudad de La Plata, la asamblea soberana diera por aprobados los estatutos de la AADP y se eligieran las autoridades para el primer período institucional.
Aún con disidencias en aspectos relativos a la redacción del Estatuto, elección y distribución de la representación en los cargos de conducción de la AADP, la asamblea cumplió con el orden del día establecido y se logró un paso fundamental hacia la constitución o institucionalización.
De aquella jornada de acalorados debates se destaca la votación unánime para designar como Miembros Honorarios de la AADP a los Profesores Dr. Pedro J. Frías, Dr. Francisco Cerro, Dr. Jorge Reinaldo Vanossi, Dr. Horacio Sanguinetti, Dr. Carlos Fayt y Dr. Porfirio A. Aquino, así también se reconoció post-morten al Prof. Dr. Juan Carlos Rubinstein.

Congresos nacionales.
En el proceso de institucionalización y fortalecimeinto de la asociación resultan claves los congresos nacionales que reúnen a profesores y estudiantes en torno a temas relevantes y actuales.
El sentido federal de la organización y elección de las sedes universitarias para la realización periódica de dichos eventos constituye gran parte del capital simbólico de la AADP, como podemos observar en la siguiente reseña histórica:
I Congreso Nacional de “Derecho Politico, Teoría del Estado, Ciencia Política y/o Materias Afines”, realizado en la Universidad Nacional del Nordeste, en la Ciudad de Corrientes los días 27 y 28 de agosto de 2004.
II Congreso "Joaquin V. Gonzalez", realizado en la Universidad Nacional de La Plata, en la Ciudad de La Plata los días 28 y 29 de noviembre de 2005.
III Congreso "El Estado de Derecho Hoy: Situaciones y Perspectivas", realizado en la Universidad Nacional de Córdoba, en la Ciudad de Córdoba los días 28 y 29 de septiembre de 2006.
IV Congreso "Repensando la política. Claves de la institucionalidad argentina", realizado en la Universidad Nacional de Rosario, en la Ciudad de Rosario los días 27 y 28 de septiembre de 2007.
V Congreso "Tensión social e instituciones políticas", realizado en la Universidad Nacional de La Rioja, en la Ciudad de La Rioja los días 25 y 26 de septiembre de 2008.
VI Congreso “Crisis global e Instituciones políticas”, realizado en la Universidad Nacional de Catamarca, en la Ciudad de Catamarca los días 23, 24 y 25 de septiembre de 2009.
VII Congreso realizado en la Universidad Católica de Salta sede Corrientes, en la Ciudad de Corrientes los días 11 y 12 de noviembre de 2010.
VIII Congreso "El derecho frente a los desafíos de la institucionalidad democrática", realizado en la Universidad Nacional de Córdoba, en la Ciudad de Córdoba los días 16 y 17 de junio de 2011.
IX Congreso “Recuperando la política y el derecho” se realizará en la Universidad Nacional de Rosario, en la Ciudad de Rosario, durante los días 7 y 8 de junio de 2012.
Complementariamente, se han realizado las Jornadas preparatorias de los congresos de la AADP que cuentan con disertaciones de profesores de distintas universidades del país en Seminarios o Conferencias orientados a la comunidad universitaria vinculada a la Facultad convocante. Así se destacan distintas jornadas realizadas en Universidad Nacional del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, sede Pergamino; Universidad Nacional de Rosario; Universidad Nacional de La Rioja; Universidad Nacional de Catamarca; Universidad Nacional del Nordeste, sede Corrientes; Universidad Nacional de Cuyo.

Comisión Directiva de la AADP.
En relación a la conducción de la AADP podemos señalar que en la comisión directiva cristalizó una representación con espíritu federal en la distribución territorial de las universidades en que desarrollan sus actividades los profesores miembros; y pluralista en el plano de las ideas y pertenencias teóricas, que fortalece el rol institucional por sobre las pertenencias políticas de sus miembros en el plano de lo agonal, buscando con esfuerzo mantener cierta autonomía institucional en relación a las tendencias de cooptación que caracterizan a las fuerzas políticas en sus relaciones con las instituciones intermedias, organizaciones de la sociedad civil o movimientos sociales.
La composición por universidades en que se desempeñan los miembros de la Comisión Directiva de la AADP da cuentas de lo dicho, ya que confluyen académicos de la Universidad Nacional de Córdoba; Universidad Nacional de La Plata; Universidad Nacional de Rosario; Universidad Nacional del Nordeste; Universidad de Buenos Aires; Universidad Católica de Córdoba; Universidad Nacional de Catamarca; Universidad Nacional de La Rioja; Universidad Nacional de Cuyo; Universidad Blas Pascal; Universidad de la Cuenca del Plata; y Universidad de San Luis.
En efecto, para el período 2010-2013 fueron elegidas las nuevas autoridades de la AADP en la Asamblea realizada en el Colegio de Abogados de la Ciudad de Corrientes.
La Comisión Directiva quedó integrada por: Dr. Jorge BARBARA (UNC) Presidente; Dr. Juan Carlos CORBETTA (UNLP) Vicepresidente1ro; Dra. Solange DELANNOY (UNR) Vicepresidente 2da; Dr. Héctor J. ZIMERMAN (UNNE) Vicepres.3ro; Dr. Mario H. RESNIK (UBA) Vicepres.4to.
En la CD siguen los siguientes miembros: Dr. Ricardo DEL BARCO (UCC) Secretario General; Lic. Miguel A. DUARTE (UNC) Prosecretario General; Dra. María Monserrat LAPALMA (UNLP) Tesorera; Dr. Marcelo MONAYAR (UNCa) Pro tesorero.
Son Vocales titulares: Dra Myriam Consuelo PARMIGIANI (UNC); Dr. Oscar BLANDO (UNR); Ab. Wenceslao GORDILLO (UNLaR); Lic. Maximiliano MONTEOLIVA (UNCuyo); Ab. Humberto MOLINA (UNLaR).
Son Vocales Suplentes: Dr. Emilio ALDERETE AVALOS (UBA); Mter. Adriana MACK (UNR); Mter. Jorge SZEINFELD (UNLP); Dr. Edgar G. FERNANDEZ SUAREZ (UBP); Ab. Matias MUSUTO (UNCuyo).
La tarea de Revisor de Cuentas recae en el Dr. Alvaro MONZON WYNGAARD (UCP) como Titular; y como Revisor Suplente el Ab. Raúl BERTRES (U. SAN LUIS).

Temas de Derecho Político
La conformación de una agenda temática es producto de las luchas por la consolidación de enfoques, teorías o perspectivas para abordar la realidad política en sus diferentes dimensiones. La misma forma parte de las fortalezas de una institución en la medida que se logra un consenso que permita un marco temático especializado y con una dinámica de abordaje que permita desarrollar el conocimiento y cumplir con tres funciones principales: divulgación, actualización y formación.
Entre los temas que tratan los Profesores de Derecho Político en la República Argentina se encuentran los siguientes: Calidad Institucional: El funcionamiento de la división de poderes, El Sistema de Partidos, Los Déficits del Federalismo, La Democracia en América Latina: nuevos escenarios y nuevos desafíos, y Vigencia de los Derechos Humanos. Los Servicios Públicos: Regulación y Control, Reestatización o privatización, y Derechos del Consumidor, Clientes y Usuarios. Rediseño Institucional del Estado en la Globalización: Regiones Supranacionales, Regiones Subnacionales y Gobiernos Locales.
El VIII Congreso Nacional de Derecho Político “El Derecho frente a los desafíos de la institucionalidad democrática”, realizado en la Ciudad de Córdoba en el mes de junio de 2011, en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba, se organizó con cinco ejes temáticos centrales: “Estado y Regulación”; “Representación Política y Democracia”; “Relaciones Intergubernamentales: Locales, Nacional y Regionales”; “Teorías Políticas Contemporáneas y su relación con el Derecho Positivo”.
Además se desarrollaron debates en la “Mesa Permanente sobre: la Enseñanza del Derecho Político”, y se constituyó una Comisión Especial para el debate de los estudiantes.
Con miras al IX Congreso que se realiza en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, las comisiones se mantienen.

Palabras finales.
La proyección de las instituciones como la AADP está intimamente vinculada a la capacidad de construcción de sentido, en este caso de un campo tan complejo y múltiple en enfoques como es el campo de estudio del Derecho Político.
Según nuestra perspectiva, la AADP tiene varios desafíos, entre los que destacamos los siguientes:
  • Fortalecerse institucionalmente evitando la penetración de aquellas tendencias históricas que desnaturalizan su objeto específico;
  • Profundizar la conformación plural y federal de las representaciones docentes en el seno de la organización;
  • Ampliar espacios de participación tanto en el desarrollo de actividades propias del campo del derecho político cuanto en la toma de decisiones;
  • Promover el debate constante como método para nuclear a profesionales, profesores y estudiantes en torno a la AADP;
  • Desarrollar programas de formación docente y profesional;
  • Desarrollar actividades de actualización y divulgación de concocimientos sobre las temáticas abordadas en dicho campo;
  • Promover publicaciones periódicas;
  • Impulsar el uso de las TIC's en la programación y desarrollo de las actividades y eventos institucionales.
Eficiencia y credibilidad son supuestos básicos para el desempeño eficaz de la organización dentro del campo de estudio del derecho político.
La construcción de confianza es clave en las relaciones interpersonales tanto como para el prestigio institucional que deviene de la resposabilidad y el compromiso de los miembros para el cumplimiento de las funciones previstas por la AADP frente a la comunidad académica o universitaria y ante la sociedad.
Trabajar en redes con organismos nacionales e internacionales; con universidades, centros de estudios, institutos y asociaciones de naturaleza similar que desarrollan sus actividades en distintos páises de latinoamérica, debe constituirse en un tema central de la agenda institucional de la AADP.
Mientras debatimos la proyección institucional en un campo de estudio complejo, con múltiples enfoques y perspectivas, como es el del derecho político. Es importante también que demos el debate sobre el potencial que posee la institución para otorgar de mayor sentido a la democracia, fortaleciendo -en un sentido arquitectónico- las dimensiones jurídica y política de los Estados nacionales que en América Latina, y en Argentina en particular, luchan por identidad e independencia estrechando lazos de fraternidad entre los pueblos de la región.-

Bibliografía:
BOURDIEU, Pierre (2006): Campo del poder y reproducción social. Elementos para un análisis de la dinámica de las clases. Córdoba, Ferreyra Editor.
COMISIÓN CONSULTIVA DE EXPERTOS -CCE (2008): Así no va más. Diagnóstico y propuestas de reforma politico-electoral de la Provincia de Córdoba.
DUARTE, Miguel Angel (2011): "La importancia del Derecho Político”. Exclusivo para el Diario Comercio y Justicia. Publicado el miércoles 15 de junio, p.12A.
FERNÁNDEZ J. Manuel (2005): “La noción de violencia simbólica en la obra de Pierre Bourdieu: una aproximación crítica”. Universidad Complutense de Madrid.
GOODIN, Robert; y KLINGEMANN, Hans-Dieter (2001): Nuevo Manual de Ciencia Política. Madrid, ISTMO, 2 tomos. ISBN 84-7090-368-3.
HERNANDEZ, A.M.; MORA Y ARAUJO, M.; y ZOVATTO, D. (2005): Argentina una Sociedad Anómica. Encuesta sobre cultura constitucional. México. Idea Internacional
LOPEZ, Mario Justo (1987): “Derecho político. Concepto. Historia. Relaciones con otras disciplinas.” En Introducción a los Estudios Políticos; Volumen I, Capítulo 2: Conocimiento Político pp. 116-125, y 147-150.
PESCADER, Carlos Y RETA, María (2006): “De manuales y programas. Los contenidos en la enseñanza del Derecho Político”. III Congreso Nacional de Derecho Político: El Estado de Derecho, hoy. Situaciones y Perspectivas; Comisión: "La enseñanza de lo político en las Facultades de Derecho". AADP y Facultad de Derecho y Cs. Sociales, Universidad Nacional de Córdoba, 28 y 29 de Septiembre.


CITAS:
1 La obra de Rousseau de 1762, Contrato Social o principios de derecho político, trata principalmente sobre la legitimidad democrática, y el concepto de Sociedad civil separado del concepto de Estado que en su enfoque se subordina a aquella. Las ideas Rousseaunianas influyeron en la Revolución Francesa de 1789, principalmente en la Declaración de 1793 y la Constitución del Año I de Francia.

2 LÓPEZ, Mario Justo (1992): Introducción a los estudios políticos. Buenos Aires, Depalma, vol I, ISBN: 950-14-0088-3 (vol.I). p.117.

3 LÓPEZ, Mario Justo (1992) Op. Cit. p.118.

4 LÓPEZ, Mario Justo (1992) Op. Cit. p.149.

5 LÓPEZ, Mario Justo (1992) Op. Cit. p.149.

6 HELLER, Hermann (1947): Teoría del Estado. México. Fondo de Cultura Económica, 2da edición en español.p.218.

7 PESCADER Y RETA (2006): Ponencia presentada en el III Congreso Nacional de Derecho Político, Córdoba, AADP y Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba. Comisión de Enseñanza del Derecho Político.

8 Tomamos los conceptos de 'capital simbólico' y lo simbólico en Pierre Bourdieu:
- GIMÉNEZ, Gilberto (1997): “La Sociología de Pierre Bourdieu”. Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, .San Andrés Totoltepec. En: http://www.paginasprodigy.com/peimber/BOURDIEU.pdf. “Bourdieu introduce una cuarta especie de capital: el capital simbólico. Éste consiste en ciertas propiedades impalpables, inefables y cuasi-carismáticas que parecen inherentes a la naturaleza misma del agente. Tales propiedades suelen llamarse, por ejemplo, autoridad, prestigio, reputación, crédito, fama, notoriedad, honorabilidad, talento, don, gusto, inteligencia, etc. Según Bourdieu, el capital simbólico así entendido “no es más que el capital económico o cultural en cuanto conocido y reconocido” (Bourdieu, 1987a: 160). En efecto, lejos de ser naturales o inherentes a la persona misma, tales propiedades sólo pueden existir en la medida en que sean reconocidas por los demás. Es decir, son formas de crédito otorgados a unos agentes por otros agentes.” P.15.
- FERNÁNDEZ J. Manuel (2005): “La noción de violencia simbólica en la obra de Pierre Bourdieu: una aproximación crítica”. Universidad Complutense de Madrid. “Pierre Bourdieu describe lo «simbólico» como eso que es material pero que no se reconoce como tal (gusto en el vestir, un buen acento, «estilo») y que deriva su eficacia no simplemente de su materialidad sino de esta verdadera «misrecognitio». Como ha escrito Pinto (2002: 148), «El análisis de las formas simbólicas es verdaderamente el «punto fuerte de las estructuras sociales, si es verdad que el punto más fuerte es aquel del que se sospecha que es menos protegido por la fuerza». P.8.

9 FERNÁNDEZ J. Manuel (2005) Op. Cit. P.13 “La dominación simbólica se basa en el desconocimiento y el reconocimiento de los principios en nombre de los cuales se ejerce. Las actividades y los recursos aumentan en poder simbólico, o legitimidad, a medida que se distancian de los intereses materiales subyacentes y aparecen como formas desinteresadas.

10 BOURDIEU, Pierre (2006): Campo del poder y reproducción social. Elementos para un análisis de la dinámica de las clases. Córdoba, Ferreyra Editor. “Las estrategias de inversión simbólica son todas las acciones que apuntan a conservar y a aumentar el capital de reconocimiento (en los diferentes sentidos), favoreciendo la reproducción de los esquemas de percepción y de apreciación más favorables a sus propiedades y produciendo las acciones susceptibles de ser apreciadas favorablemente según esas categorías (...)” p.37.

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