Ciencia Política

"La ciencia política no puede constituirse como una ciencia neutra, ni exclusivamente empirista, tiene sí una función esclarecedora, estratégica y transformadora de sociedades desiguales". Lic. Miguel Duarte (2006).

14.8.11

Notas para tener en cuenta en las primarias del domingo

Notas para tener en cuenta en las primarias del domingo

Por Miguel Ángel Duarte / Licenciado en Ciencia Política (UCC). Profesor de Derecho Político (UNC)
El próximo domingo se realizarán las elecciones internas abiertas, simultáneas y obligatorias en todo el territorio de la república.
Reguladas por la ley de “democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral”, las “primarias” constituyen un sistema de preselección de candidaturas para cargos públicos electivos nacionales y de habilitación de partidos y alianzas para competir por las postulaciones.
Se utilizará el tradicional Sistema de Boleta por Partidos (SBP). Así, nos encontraremos en el cuarto oscuro con boletas de distintos colores con fotografías de los precandidatos.
Cada boleta tendrá segmentos diferentes correspondientes a las categorías electivas: presidente, vicepresidente y diputados y senadores nacionales en las provincias que corresponda.
La cantidad de ciudadanos habilitados para votar es de 28.685.833: 14.696.702 mujeres y 13.989.131 varones.
Toda información necesaria sobre las elecciones del 14 de agosto se puede consultar por Internet en www.padron.gob.ar; por teléfono al 0800-999-padron (7237) y enviando mensajes de texto al 64646, ingresando la palabra “voto” y el número de DNI seguido de la letra “m” si el elector es masculino o “f” si es femenino. En tanto, por correo electrónico podrán evacuarse dudas en las direcciones elecciones@mininterior.gov.ar y elecciones2011@mininterior.gov.ar.
Están habilitados para postular precandidatos los partidos políticos, alianzas y confederaciones de partidos.
Una o más listas de precandidatos de partidos o alianzas compiten para conformar la lista de candidatos que podrán representar a cada agrupación política en las elecciones nacionales del 23 de octubre, toda vez que obtengan un apoyo mínimo equivalente a 1,5% de los votos válidos en el distrito y para la categoría de cargo en la que pretenda competir en los comicios nacionales.
Se eligen en el país presidente y vicepresidente de la Nación; 130 diputados nacionales en las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y 24 senadores nacionales en Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz. Vale recordar que cada provincia y la CABA tienen tres senadores nacionales: dos para la fuerza política con mayoría de votos y uno para la fuerza que resultare segunda.
Las fórmulas para presidente y vicepresidente son: Cristina Kirchner–Amado Boudou (Frente para la Victoria); Ricardo Alfonsín–Javier González Fraga (Unión para el Desarrollo Social–UCR); Eduardo Duhalde– Mario Das Neves (Unión Popular); Hermes Binner–Norma Morandini (Frente Amplio-Partido Socialista); Alberto Rodríguez Saá–José María Vernet (Compromiso Federal); Elisa Carrió–Adrián Pérez (Coalición Cívica); Jorge Altamira–Christian Castillo (Frente de Izquierda-Partido Obrero); Alcira Argumedo–Jorge Cardelli (Proyecto Sur); José Bonacci–José Villena (Campo Popular de Santa Fe) y Sergio Pastores (Partido de Acción Vecinal de Córdoba).
Distritos
En la Provincia de Buenos Aires -el principal distrito electoral, con casi 11 millones de electores- se competirá en casi todas las categorías, con 29.658 candidatos inscriptos.
El propósito de las fuerzas políticas en pugna es sin dudas movilizar la mayor cantidad de votantes con miras a las elecciones de octubre.
La implementación del SBP para las elecciones internas abiertas, simultáneas y obligatorias puede mantener vigentes las históricas anomalías a la hora del sufragio: robos y faltantes de boletas (principalmente de los partidos chicos o que no tienen fiscales); colectoras; listas sábana y votos en cadena.
En la Provincia de Córdoba están habilitados para votar casi 2 millones 500 mil electores y, según datos de la Justicia, es el segundo distrito electoral en importancia.
Los cordobeses deberán votar por candidatos a presidente y vicepresidente y 9 diputados nacionales (córdoba tiene 18 en total).
Camino a las elecciones generales del 23 de octubre, tras el resultado del escrutinio del 14 de agosto las fórmulas presidenciales sabrán si tienen que rectificar o ratificar sus estrategias de campaña.
Además, se conocerán las listas definitivas de candidatos a diputados nacionales de la UCR y del peronismo en Córdoba.
Cada agrupación expresa valores, ideas, programas, modos de gestión y diferentes capacidades para la construcción de consensos y seguramente, a pesar de la negación recurrente a las claves ideológicas en las disputas electorales, tendremos muchas lecturas para realizar en el campo del poder simbólico que nos permitirán comprender con mayor claridad qué modelo de democracia prefiere la ciudadanía y cuáles son las tendencias del Estado en la formulación e implementación de políticas públicas que proyecten una sociedad más justa e igualitaria.-

* Exclusivo para Comercio y Justicia. Publicado: viernes 12 de agosto de 2011 p.12A.
Lic. Miguel Angel Duarte

Elecciones: historia y ventajas del Sistema de Boleta Única

Elecciones: historia y ventajas del Sistema de Boleta Única *

Por Miguel Ángel Duarte / Licenciado en Ciencia Política (UCC). Profesor de Derecho Político (UNC)
El Diccionario de la Real Academia Española entiende por “elegir” preferir a alguien o algo para un fin; nombrar por elección para un cargo o dignidad.
Las elecciones constituyen una técnica para seleccionar a los representantes por medio del voto del electorado y, en consecuencia, son la fuente de legitimación del sistema político.
En los sistemas democráticos las elecciones son competitivas y están respaldadas por la ley o el derecho, que establece principios y procedimientos para que se realicen con transparencia y efectividad.
En efecto, forman parte de aquellos principios, como sostiene el autor Dieter Nohlen, la propuesta electoral; la competencia entre candidatos; la igualdad de oportunidades en el ámbito de la candidatura; la libertad de elección, que se asegura por la emisión secreta del voto; el sistema electoral (conversión de votos en escaños) y la decisión electoral limitada en el tiempo, sólo para un período.
Como es sabido, en las elecciones convocadas para el próximo domingo 7 se eligen gobernador y vicegobernador; legisladores provinciales y tribunos de Cuentas. También se votan candidatos para cargos municipales en ciudades y comunas que hayan convocado para la misma fecha comicios.
La novedad para el 7 de agosto es la utilización del Sistema de Boleta Única (SBU), que se presenta como una herramienta que permite superar las desviaciones y falencias que caracterizaban al Sistema de Boleta por Partidos al que estábamos acostumbrados.
El SBU comenzó a utilizarse con el objetivo de garantizar el voto secreto y para evitar la manipulación de los votantes y los fraudes. En este método se concentran en el Estado -y no en los partidos- las obligaciones de impresión y distribución de las boletas.
También denominado “boleta australiana”, se usó por primera vez en el Estado de Victoria, en Australia, en el año 1856, para pasar hacia finales de esa década a ser utilizado por todos los Estados del país, con variantes.
Luego seguirían, en 1870, Nueva Zelanda; en 1872, el Reino Unido; en 1874, Canadá; en 1877, Bélgica y hacia 1896 también lo habían incorporado la mayor parte de los Estados norteamericanos.
En América Latina, la mayoría de los países lo utiliza, con la excepción de Uruguay y Argentina. Sólo para citar algunos casos, Brasil incorporó el sistema en 1962; Colombia en 1991; Panamá en 1993 y Perú en 1997.
Modelos
Predominan dos modelos de boleta única, a saber:
1) Se separan en papeletas diferentes cada uno de los cargos a elegir, tal como se implementó en la provincia de Santa Fe, donde el elector se encontró con cinco boletas de distintos colores correspondientes a las diversas categorías: candidatos a gobernador y vice; senador departamental; diputados provinciales; intendente y concejales. Con este modelo se logra impedir el “efecto arrastre” que suelen generar los candidatos a gobernador o intendente, tal como quedó demostrado en la elección del 22 de julio.
En distintos Estados de Latinoamérica es utilizado este modelo, como -por ejemplo- en Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Paraguay, Panamá y República Dominicana.
2) Se incorporan en una misma boleta todas las categorías a elegir y se promueve el voto unificado por partido político, tal como lo utilizan Bolivia y Perú y como se hará el próximo 7 de agosto.
En la provincia de Córdoba, el SBU se introduce en la ley electoral que rige desde diciembre de 2008.
La boleta única es un papel dividido en varios tramos: gobernador y vicegobenador; legisladores por distrito único (son 44 en total); legislador departamental (uninominal, uno por cada uno de los 26 departamentos de la provincia) y tribunos de Cuentas provinciales. En las localidades que tengan elecciones municipales se incluyen intendente, concejales y tribunos de Cuentas.
Se incluye en el diseño una única categoría (o tramo) para poder votar a todos los candidatos del partido y, de esa manera, se mantiene en reaseguro el “efecto arrastre”.
Cada elector utilizará una sola boleta, deberá presentarse en la mesa de votación y ahí el presidente de mesa le entregará una boleta y una birome; luego podrá marcar su opción.
Identidad
Entre otras ventajas del SBU, podemos señalar las siguientes: permite que el elector arme su propia combinación al optar por candidaturas de distintos partidaos para tramos diferentes; refuerza la identidad de los partidos por medio de sus simbolos e ideas principales; se supera la confusión provocada por las sumatorias, características del Sistema de Boletas por Partidos; genera mayor transparencia al momento de optar por las candidaturas; otorga mayor equidad a la competencia electoral, puesto que todos los partidos tienen aseguradas sus propuestas de candidaturas en la mesa al momento del comicio y el Poder Ejecutivo tiene la responsabilidad de asegurarle al elector la disponibilidad de todas las opciones.
Caben destacar como desventajas del SBU que un personaje famoso puede obtener mas votos que los dirigentes políticos tradicionales, tal como se pudo observar en el caso Santa Fe, y que haciendo uso de los más sencillos avances tecnológicos, sorprendentemente, la picardía electoral facilita la permanencia del “voto clientelar” o “de intercambio” con una simple foto tomada por un teléfono celular al momento de votar, tal como se suscitó en la localidad de Pilar, según denuncias que se hicieron públicas.-

* Exclusivo para Comercio y Justicia. Publicado: martes 2 de agosto de 2011 pág. 12 A.

Lic. Miguel Angel Duarte

13.8.11

"La importancia del Derecho Político”.

"La importancia del Derecho Político”. *
Lic. Miguel Angel DUARTE -Licenciado en Ciencia Política (UCC). Profesor de Derecho Político en la Facultad de Derecho de la UNC. Prosecretario de la Asociación Argentina de Derecho Político.


La obra de Jean Jaques Rousseau “Contrato Social o principios de derecho político” publicada en 1762 trata principalmente sobre la legitimidad democrática, y el concepto de Sociedad civil separado del concepto de Estado que en su enfoque se subordina a aquella. Las ideas Rousseaunianas influyeron en la Revolución Francesa de 1789, pero principalmente en la Declaración de 1793 y la Constitución del Año I de Francia. Por estas tierras el Dr. Mariano Moreno emprendió la tarea de traducir aquella obra clásica y así fue utilizada por primera vez en la Argentina la expresión 'derecho político'. Mario Justo LÓPEZ (1992) relata en “Introducción a los Estudios Políticos” que “Alberdi utilizó la expresión reiteradamente aunque sin precisar del todo el concepto. Por fin, en 1922 fue creada la cátedra de derecho político en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires y, posteriormente, el ejemplo fue recogido por otras universidades nacionales”.

¿Qué es el Derecho Político?
En la obra de M. J. López antes citada, vemos conceptos de destacados Profesores para quienes el Derecho constituye la clave para comprender la política, el Estado y el Derecho positivo en sus vinculos e interrelaciones. Para A. Posada (1935) "[E]s una de las Ciencias politicas especiales, expresa la compenetracion de dos nociones, el Estado y el Derecho, y (...) se funda necesariamente en una teoria del Estado". M. de Vedia y Mitre (1946) sostenía que"La relación del Derecho con el Estado y en el Estado constituye la base del Derecho Politico". Por otra parte, L. Sanchez Agesta (1959) señala que el Derecho Político "[H]ace una clara alusion, desde el punto de vista etimológico, a constituir esa ciencia como una rama de las disciplinas jurídicas, calificada por su segundo término". En cuanto al objeto del Derecho Político destacamos el pronunciamiento de H. Heller en el párrafo siguiente: "La forma jurídica necesita de tanta mas precisión y practicabilidad cuanto mas numerosas y complejas sean las relaciones sociales. Este aspecto técnico del derecho, que se manifiesta unas veces en la determinación racional del contenido jurídico y otras en la certidumbre de la ejecución, es lo que llamamos seguridad juridica".

Asociación Argentina de Derecho Político
El 26 de marzo de 2004 en la ciudad de Corrientes, a instancias de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Nacional del Nordeste se realizó el Encuentro Regional de Profesores de Derecho Político de Universidades Nacionales. En ese primer encuentro acordaron: 1) promover actividades conjuntas que contribuyan a precisar el significado de asignaturas con comunes denominadores tales como: Derecho Político, Teoría del Estado, Ciencia Política y Asignaturas afines que se dictaban en las Facultades de Derecho de Universidades Nacionales. 2) realizar un Encuentro Nacional de Docentes de las asignaturas mencionadas para abordar los siguientes ejes temáticos: - La Enseñanza de lo político en las Facultades de Derecho; - La crisis política argentina y su repercusión institucional. 3) Constituir la Comisión Promotora de la Asociación de Derecho Político, designando como Presidente al Profesor Héctor J. Zimerman y como Secretario al Profesor Alvaro Monzón Wyngaard. Paso siguiente, la Cátedra ¨A¨ de Derecho Político de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba cuyo Profesor Titular es el Dr. Jorge Edmundo Barbará, organizó el Seminario sobre ¨La Enseñanza de lo Político en las Facultades de Derecho: Su Sentido para la Formación del Abogado¨, juntamente con el Colegio de Abogados y el Tribunal de Disciplina de Abogados de Córdoba. Luego en la Universidad Nacional del Nordeste, en la Ciudad de Corrientes, se realizó el Encuentro Nacional de Profesores de Derecho Político, Teoría del Estado, Ciencia Política y/o Materias Afines, en ese contexto se reunieron profesores de distintas universidades UNR; UN del Litoral; UBA; UNCuyo; UNLP; UNC; UCC; y UNNE para tratar dos temas: la constitución de la Asociación y la sede del siguiente encuentro. Allí decidieron denominar a la nueva institución: Asociación Argentina de Derecho Político (AADP), designándose la Junta Promotora con la Presidencia Honoraria del Dr. Porfirio A. Aquino y la Presidencia del Dr. Héctor Zimerman.
La Universidad de La Plata, en el centenario de su fundación, a través de su Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales organizó el 28 y 29 de noviembre de 2005, las II Jornadas Nacionales de Derecho Político 'Joaquín V. González'. Así, dichas jornadas constituyen el II Congreso Nacional de Derecho Político. En la sede del Colegio de Abogados, se aprobaron los estatutos de la AADP y se eligieron sus autoridades para el primer período institucional. La AADP designó como Miembros Honorarios a los Profesores Pedro J. Frías, Francisco Cerro, Jorge Reinaldo Vanossi, Horacio Sanguinetti, Carlos Fayt y Porfirio A. Aquino, así como reconoció post-morten al Prof. Juan Carlos Rubinstein.

Temas del Derecho Político
Desde su creación la AADP ha continuado realizando sus Congresos Nacionales con un claro sentido federal en distintas Universidades argentinas: I Congreso UNNE Corrientes; II Congreso UNLP La Plata; III Congreso UNC Córdoba; IV Congreso UNR Rosario; V Congreso UNLaR La Rioja; VI Congreso UNCa Catamarca; VII Congreso UNNE Corrientes; VIII Congreso UNC Córdoba. Entre los temas que tratan los Profesores de Derecho Político en la República Argentina se encuentran los siguientes: Calidad Institucional: El funcionamiento de la división de poderes, El Sistema de Partidos, Los Déficits del Federalismo, La Democracia en América Latina: nuevos escenarios y nuevos desafíos, y Vigencia de los Derechos Humanos. Los Servicios Públicos: Regulación y Control, Reestatización o privatización, y Derechos del Consumidor, Clientes y Usuarios. Rediseño Institucional del Estado en la Globalización: Regiones Supranacionales, Regiones Subnacionales y Gobiernos Locales.

Autoridades actuales de la AADP
Para el período 2010-2013 fueron elegidas las nuevas autoridades de la AADP en la Asamblea realizada en el Colegio de Abogados de la Ciudad de Corrientes, quedando constituida la Comisión Directiva de la siguiente manera: Dr. Jorge BARBARA (UNC) Presidente; Dr. Juan C. CORBETTA (UNLP) Vicepres.1ro; Dra. Solange DELANNOY (UNR) Vicepres.2da; Dr. Héctor J. ZIMERMAN (UNNE) Vicepres.3ro; Dr. Mario H. RESNIK (UBA) Vicepres.4to; Dr. Ricardo DEL BARCO (UCC) Secretario General; Lic. Miguel A. DUARTE (UNC) Prosecretario General; Dra. María Monserrat LAPALMA (UNR) Tesorera; Dr. Marcelo MONAYAR (UNCa) Pro tesorero. Son Vocales titulares: Dra M. Consuelo PARMIGIANI (UNC); Dr. Oscar BLANDO (UNR); Ab. Wenceslao GORDILLO (UNLaR); Lic. Maximiliano MONTEOLIVA (UNCuyo); Ab. Humberto MOLINA (UNLaR); y Vocales Suplentes: Dr. Emilio ALDERETE AVALOS (UBA); Mter. Adriana MACK (UNR); Mter. Jorge SZEINFELD (UNLP); Dr. Edgar G. FERNANDEZ SUAREZ (UBP); Ab. Matias MUSUTO (UNCuyo). Es Revisor de Cuentas Titular el Dr. Alvaro MONZON WYNGAARD (UCP); y Revisor Suplente el Ab. Raúl BERTRES (U. SAN LUIS).-

* Exclusivo para el Diario Comercio y Justicia. Publicado: miércoles 15 de junio de 2011, p.12A.