"Aportes de la Asociación Argentina al campo de estudio del Derecho Político”.*
Por Lic. Miguel Angel DUARTE
*
Este artículo saldrá publicado en el libro sobre Derecho Político que
está preparando la Asociación Argentina de Derecho Político con la
Coordinación de Dr. Jorge E. Barbara y Dr. Gustavo Fernández Suárez, y
que será editado en próximos meses del año 2012.
“Las
evaluaciones se han convertido en resultados que deben conducirnos a
decidir. Tras haber preparado, planeado, analizado, calculado y
evaluado, hemos escoger el rumbo de la acción”
Garry KASPAROV - “El proceso de toma de decisiones” Cómo la Vida imita al Ajedrez (2007)
Presentación.
El campo de estudio del Derecho Político reúne un complejo entramado de
perspectivas teóricas, disciplinas y estructuras curriculares que
provocan en los estudiantes de derecho una percepción generalizada que
suele exteriorizarse en aseveraciones como la siguiente: el
derecho político es importante por los conocimientos universales que
brinda y contribuye significativamente a la cultura general de los
futuros profesionales del derecho, pero no realiza un aporte concreto
que se pueda aplicar en el desarrollo de la profesión.
En línea con lo expuesto predomina el reclamo por manuales que reduzcan
la diversidad de textos utilizados para el tratamiento de los temas
centrales de la materia. Por su parte, los profesores son concientes de
la amplitud de perspectivas y fuentes de estudio que caracterizan al
Derecho Político.
Por esas razones,
entre otras, cobró impulso un singular itinerario en pos de fortalecer
el campo del Derecho Político tanto en los aspectos teóricos cuanto en
la conformación de una red vincular entre profesores de dicho campo.
En
efecto, el proceso de configuración de vinculos docentes condujo a la
creación de un marco institucional que permitió la puesta en común de
una agenda de temas y metodologías de abordaje y enseñanza de la
disciplina, que impone una actualización permanente.
La
creación de la Asociación Argentina de Derecho Político a instancias de
profesores de distintas Facultades de Derecho de universidades
nacionales de la República Argentina, data del año 2005 siguiendo dicho
itinerario y con los propósitos mencionados. En un período de ocho o
nueve años desde su gestación hasta la actualidad ¿Cuáles son los
aportes de la AADP al campo de estudio del Derecho Político? ¿Ha logrado
la AADP proponer abordajes innovadores al estudio del Derecho Político?
¿Se visualiza una renovación genuina en el conjunto de profesores y
especialistas en la materia?
Dichos
interrogantes guían el presente trabajo en el que ensayaremos de manera
preliminar algunas respuestas y reflexiones en torno a la huella que la
AADP va dejando en la enseñanza de la disciplina en las Facultades de
Derecho de las universidades argentinas; luego ponderaremos la
proyección institucional de la AADP para la formación y especialización
de profesores de la materia; y proyectaremos algunas líneas de trabajo
orientadas a la ampliación de los espacios de desarrollo de la AADP en
el plano arquitectónico de la política nacional y regional.
El Derecho Político.
El uso de la expresión Derecho Político es de larga data en la
República Argentina. En efecto, el primero en utilizarla fue el Dr.
Mariano Moreno quien emprendió la ardua tarea de traducir la obra de
Jean Jaques Rousseau1 Contrato Social o principios de derecho político, en el periódico La Gazeta en 1810.
En la Introducción a los Estudios Políticos (1992) el Doctor Mario Justo LÓPEZ2
relata que también Juan Bautista Alberdi “utilizó la expresión
reiteradamente aunque sin precisar del todo el concepto”. Y continúa
diciendo que “por fin, en 1922 fue creada la cátedra de derecho político
en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de
Buenos Aires” seguida ésta por otras universidades.
Entroncado
en el Derecho Público, es fundamental para la formación de los Abogados
y especialistas en Ciencias Jurídicas dado que se trata de “una
de las Ciencias politicas especiales, que expresa la compenetracion de
dos nociones, el Estado y el Derecho, y -como su base real es el
conocimeinto previo del Estado- que se funda necesariamente en una
teoria del Estado” tal es el concepto de Adolfo Posada3
(1935); complementariamente, se destaca el basamento de la disciplina
que se manifiesta en “La relación del Derecho con el Estado y en el
Estado” tal como sostiene Mariano de Vedia y Mitre4
(1946); por su parte, Luis Sanchez Agesta (1959) destaca que el Derecho
Político "[H]ace una clara alusion, desde el punto de vista
etimológico, a constituir esa ciencia como una rama de las disciplinas
jurídicas, calificada por su segundo término"5.
Si
interrogamos sobre el objeto del Derecho Político cabe destacar el
pronunciamiento de Herman Heller, quien sostenía que "La forma jurídica
necesita de tanta más precisión y practicabilidad cuanto más numerosas y
complejas sean las relaciones sociales” y señala “Este aspecto técnico
del derecho, que se manifiesta unas veces en la determinación racional
del contenido jurídico y otras en la certidumbre de la ejecución, es lo
que llamamos seguridad juridica"6, y constituye uno de los nucleos temáticos del campo de estudio del Derecho Político.
El
Derecho Político se nutre de los aportes de la Filosofía política o
Historia de las ideas políticas; la Ciencia política o Teoría política
-según el corte epistemológico adoptado-; la Teoria del Estado; las
Relaciones Internacionales, y el Derecho Constitucional. Así vemos que
su campo de estudio en la actualidad, como sostienen PESCADER y RETA7,
enfrenta “multiples enfoques, criterios de organización y contenidos”
que hacen necesario “un esfuerzo por delimitar el campo específico del
derecho político”.
Trás esa búsqueda se
reúnen profesores de distintas universidades argentinas en torno a la
Asociación Argentina de Derecho Político que se constituyera por
decisión de la asamblea organizada en el marco de la convocatoria al II
Congreso Nacional de Derecho Político “Joaquín V. Gonzalez” realizado en
la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional
de La Plata en el mes de noviembre de 2005.
Institucionalización.
El vocablo institución viene del latin institutĭo, -ōnis; y según el
diccionario de la Real Academia Española significa “1. f.
Establecimiento o fundación de algo. 2. f. Cosa establecida o fundada.
3. f. Organismo que desempeña una función de interés público,
especialmente benéfico o docente”. Por otra parte, Institucionalizar
según el Diccionario Enciclopédico Voxes, significa “convertir algo en
institucional. Conferir [a algo] el carácter de institución. Reconocer
la existencia legal [de algo]. Estabilizar, fortalecer el funcionamiento
de algún organismo, asociación, entidad”.
Las
instituciones tienden a constituirse como espacios permanentes que van
configurando y reproduciendo prácticas y lenguajes particulares, con
carácter de especialización técnica o académica.
A un mismo tiempo contribuyen a la acumulación de capital simbólico8
para quienes las crean e integran, influyendo así en las difrentes
redes de relaciones sociales y políticas que devienen de ellas.
En
la constitución, configuración y desarrollo de las instituciones se
pueden visualizar distintas tramas de vinculos interpersonales cruzados
por relaciones de amistad, parentales, de intereses comunes, sean estos
por la figuración en roles sociales relevantes, o bien por la
contribución a la consolidación de enfoques teóricos o perspectivas
académicas específicas.
En tal sentido,
las instituciones constituyen ámbitos de luchas sociales, políticas,
culturales, en que la dominación está presente por medio de prácticas,
códigos, reconocimientos, distribución de recursos, y promociones
difundidas a través de instrumentos de información, divulgación, o
profundización de temas de la agenda institucional.
Así,
en el campo del conocimiento se podría observar el despliegue de las
relaciones de producción e intercambio de obras -sean estas libros,
documentos, escritos, etc- que provienen de procesos cada vez mas
rigurosos de especialización o bien de la utilización de diferentes
recursos -relaciones institucionales, redes personales, etc- que suelen
presentarse en formas de dominación simbólica9 cuando no proceden de instancias de selección o elección a través de mecanismos objetivos.
Distintos
análisis sobre cultura política; constitucional; y organizacional; en
la República Argentina, dan cuenta de tendencias históricas que
configuran debilidades o acechanzas para las instituciones políticas,
sociales y culturales, entre las que se destacan: concentración del
poder organizacional en minorías, rasgos marcados de personalismo o
nepotismo, anomia, y desconfianza en las relaciones interpersonales.
En las etapas fundacionales confluyen -coincidentemente o contradictoriamente- estrategias de inversión simbólica10
que movilizan incluso las pasiones de los profesionales individualmente
o reunidos en grupos de referencia constituidos con anterioridad.
Somos
concientes que la producción de conocimientos, la distribución de roles
institucionales, los espacios de promoción académica o profesional,
generan relaciones de poder que se manifiestan en el acceso y
distribución desigual de recursos -materiales, institucionales,
simbólicos, etc- escasos y valiosos para los profesores, profesionales, y
estudiantes, que desarrollan sus actividades en una institución o en
sus entornos.
La institucionalización de
la Asociación Argentina de Derecho Político se consolida sorteando
distintos conflictos en orden a perspectivas teóricas o académicas,
relaciones interpersonales, disputas por formas manifiestas de capital
simbólico, y situaciones de rupturas o dispersión, que son
características de las instituciones en su etapa formativa.
Breve reseña histórica.
No es para menos entonces ponderar la importancia que adquiere el
recorrido histórico de la Asociación Argentina de Derecho Político.
En
efecto, el 26 de marzo de 2004 en la ciudad de Corrientes, a instancias
de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la
Universidad Nacional del Nordeste se realizó el Encuentro Regional de
Profesores de Derecho Político de Universidades Nacionales, en ese
primer encuentro acordaron:
1) promover
actividades conjuntas que contribuyan a precisar el significado de
asignaturas con comunes denominadores tales como: Derecho Político,
Teoría del Estado, Ciencia Política y Asignaturas afines que se dictaban
en las Facultades de Derecho de Universidades Nacionales.
2)
realizar un Encuentro Nacional de Docentes de las asignaturas
mencionadas para abordar los siguientes ejes temáticos: - La Enseñanza
de lo político en las Facultades de Derecho; - La crisis política
argentina y su repercusión institucional.
3)
Constituir la Comisión Promotora de la Asociación de Derecho Político,
designando como Presidente al Profesor Héctor J. Zimerman y como
Secretario al Profesor Alvaro Monzón Wyngaard.
Posteriormente,
la Cátedra ¨A¨ de Derecho Político de la Facultad de Derecho y Ciencias
Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba cuyo Profesor Titular es
el Dr. Jorge Edmundo Barbará, organizó el Seminario sobre ¨La Enseñanza
de lo Político en las Facultades de Derecho: Su Sentido para la
Formación del Abogado, juntamente con el Colegio de Abogados y el
Tribunal de Disciplina de Abogados de Córdoba.
Luego,
en la Universidad Nacional del Nordeste, en la Ciudad de Corrientes, se
realizó el Encuentro Nacional de Profesores de Derecho Político, Teoría
del Estado, Ciencia Política y/o Materias Afines, marco en el que se
reunieron profesores de distintas universidades, a saber: Universidad
Nacional de Rosario; Universidad Nacional del Litoral; Universidad de
Buenos Aires; Universidad Nacional de Cuyo; Universidad Nacional de La
Plata; Universidad Nacional de Córdoba; Universidad Católica de Córdoba;
y Universidad Nacional del Nordeste. En dicho encuentro se trataron dos
temas centrales, el primero, la constitución de la Asociación; y
segundo, la elección de la sede para el siguiente encuentro.
Los
profesores presentes decidieron denominar a la nueva institución:
Asociación Argentina de Derecho Político (AADP), y por mandato de la
asamblea se designó la Junta Promotora de la AADP, recayendo la
Presidencia Honoraria en la persona del Dr. Porfirio A. Aquino y la
Presidencia de la Junta en el Dr. Héctor Zimerman.
Hacia
fines de 2005, en el marco de los festejos del centenario de la
fundación de la Universidad de La Plata y por iniciativa de la Facultad
de Ciencias Jurídicas y Sociales se organizaron las II Jornadas
Nacionales de Derecho Político 'Joaquín V. González' realizadas durante
los días 28 y 29 de noviembre de 2005.
Las
Jornadas adquirieron tal trascendencia que constituyen en los anales de
la AADP el “II Congreso Nacional de Derecho Político”. En efecto, el
evento generó el marco necesario para que en la sede del Colegio de
Abogados de la Ciudad de La Plata, la asamblea soberana diera por
aprobados los estatutos de la AADP y se eligieran las autoridades para
el primer período institucional.
Aún con
disidencias en aspectos relativos a la redacción del Estatuto, elección
y distribución de la representación en los cargos de conducción de la
AADP, la asamblea cumplió con el orden del día establecido y se logró un
paso fundamental hacia la constitución o institucionalización.
De
aquella jornada de acalorados debates se destaca la votación unánime
para designar como Miembros Honorarios de la AADP a los Profesores Dr.
Pedro J. Frías, Dr. Francisco Cerro, Dr. Jorge Reinaldo Vanossi, Dr.
Horacio Sanguinetti, Dr. Carlos Fayt y Dr. Porfirio A. Aquino, así
también se reconoció post-morten al Prof. Dr. Juan Carlos Rubinstein.
Congresos nacionales.
En el proceso de institucionalización y fortalecimeinto de la
asociación resultan claves los congresos nacionales que reúnen a
profesores y estudiantes en torno a temas relevantes y actuales.
El
sentido federal de la organización y elección de las sedes
universitarias para la realización periódica de dichos eventos
constituye gran parte del capital simbólico de la AADP, como podemos
observar en la siguiente reseña histórica:
I Congreso Nacional de “Derecho Politico, Teoría del Estado, Ciencia
Política y/o Materias Afines”, realizado en la Universidad Nacional del
Nordeste, en la Ciudad de Corrientes los días 27 y 28 de agosto de 2004.
II Congreso "Joaquin V. Gonzalez", realizado en la Universidad Nacional
de La Plata, en la Ciudad de La Plata los días 28 y 29 de noviembre de
2005.
III Congreso "El Estado de
Derecho Hoy: Situaciones y Perspectivas", realizado en la Universidad
Nacional de Córdoba, en la Ciudad de Córdoba los días 28 y 29 de
septiembre de 2006.
IV Congreso
"Repensando la política. Claves de la institucionalidad argentina",
realizado en la Universidad Nacional de Rosario, en la Ciudad de Rosario
los días 27 y 28 de septiembre de 2007.
V Congreso "Tensión social e instituciones políticas", realizado en la
Universidad Nacional de La Rioja, en la Ciudad de La Rioja los días 25 y
26 de septiembre de 2008.
VI Congreso
“Crisis global e Instituciones políticas”, realizado en la Universidad
Nacional de Catamarca, en la Ciudad de Catamarca los días 23, 24 y 25 de
septiembre de 2009.
VII Congreso
realizado en la Universidad Católica de Salta sede Corrientes, en la
Ciudad de Corrientes los días 11 y 12 de noviembre de 2010.
VIII Congreso "El derecho frente a los desafíos de la institucionalidad
democrática", realizado en la Universidad Nacional de Córdoba, en la
Ciudad de Córdoba los días 16 y 17 de junio de 2011.
IX Congreso “Recuperando la política y el derecho” se realizará en la
Universidad Nacional de Rosario, en la Ciudad de Rosario, durante los
días 7 y 8 de junio de 2012.
Complementariamente,
se han realizado las Jornadas preparatorias de los congresos de la AADP
que cuentan con disertaciones de profesores de distintas universidades
del país en Seminarios o Conferencias orientados a la comunidad
universitaria vinculada a la Facultad convocante. Así se destacan
distintas jornadas realizadas en Universidad Nacional del Noroeste de la
Provincia de Buenos Aires, sede Pergamino; Universidad Nacional de
Rosario; Universidad Nacional de La Rioja; Universidad Nacional de
Catamarca; Universidad Nacional del Nordeste, sede Corrientes;
Universidad Nacional de Cuyo.
Comisión Directiva de la AADP.
En relación a la conducción de la AADP podemos señalar que en la
comisión directiva cristalizó una representación con espíritu federal en
la distribución territorial de las universidades en que desarrollan sus
actividades los profesores miembros; y pluralista en el plano de las
ideas y pertenencias teóricas, que fortalece el rol institucional por
sobre las pertenencias políticas de sus miembros en el plano de lo
agonal, buscando con esfuerzo mantener cierta autonomía institucional en
relación a las tendencias de cooptación que caracterizan a las fuerzas
políticas en sus relaciones con las instituciones intermedias,
organizaciones de la sociedad civil o movimientos sociales.
La
composición por universidades en que se desempeñan los miembros de la
Comisión Directiva de la AADP da cuentas de lo dicho, ya que confluyen
académicos de la Universidad Nacional de Córdoba; Universidad Nacional
de La Plata; Universidad Nacional de Rosario; Universidad Nacional del
Nordeste; Universidad de Buenos Aires; Universidad Católica de Córdoba;
Universidad Nacional de Catamarca; Universidad Nacional de La Rioja;
Universidad Nacional de Cuyo; Universidad Blas Pascal; Universidad de la
Cuenca del Plata; y Universidad de San Luis.
En
efecto, para el período 2010-2013 fueron elegidas las nuevas
autoridades de la AADP en la Asamblea realizada en el Colegio de
Abogados de la Ciudad de Corrientes.
La
Comisión Directiva quedó integrada por: Dr. Jorge BARBARA (UNC)
Presidente; Dr. Juan Carlos CORBETTA (UNLP) Vicepresidente1ro; Dra.
Solange DELANNOY (UNR) Vicepresidente 2da; Dr. Héctor J. ZIMERMAN (UNNE)
Vicepres.3ro; Dr. Mario H. RESNIK (UBA) Vicepres.4to.
En
la CD siguen los siguientes miembros: Dr. Ricardo DEL BARCO (UCC)
Secretario General; Lic. Miguel A. DUARTE (UNC) Prosecretario General;
Dra. María Monserrat LAPALMA (UNLP) Tesorera; Dr. Marcelo MONAYAR (UNCa)
Pro tesorero.
Son Vocales titulares:
Dra Myriam Consuelo PARMIGIANI (UNC); Dr. Oscar BLANDO (UNR); Ab.
Wenceslao GORDILLO (UNLaR); Lic. Maximiliano MONTEOLIVA (UNCuyo); Ab.
Humberto MOLINA (UNLaR).
Son Vocales
Suplentes: Dr. Emilio ALDERETE AVALOS (UBA); Mter. Adriana MACK (UNR);
Mter. Jorge SZEINFELD (UNLP); Dr. Edgar G. FERNANDEZ SUAREZ (UBP); Ab.
Matias MUSUTO (UNCuyo).
La tarea de
Revisor de Cuentas recae en el Dr. Alvaro MONZON WYNGAARD (UCP) como
Titular; y como Revisor Suplente el Ab. Raúl BERTRES (U. SAN LUIS).
Temas de Derecho Político
La conformación de una agenda temática es producto de las luchas por la
consolidación de enfoques, teorías o perspectivas para abordar la
realidad política en sus diferentes dimensiones. La misma forma parte de
las fortalezas de una institución en la medida que se logra un consenso
que permita un marco temático especializado y con una dinámica de
abordaje que permita desarrollar el conocimiento y cumplir con tres
funciones principales: divulgación, actualización y formación.
Entre
los temas que tratan los Profesores de Derecho Político en la República
Argentina se encuentran los siguientes: Calidad Institucional: El
funcionamiento de la división de poderes, El Sistema de Partidos, Los
Déficits del Federalismo, La Democracia en América Latina: nuevos
escenarios y nuevos desafíos, y Vigencia de los Derechos Humanos. Los
Servicios Públicos: Regulación y Control, Reestatización o
privatización, y Derechos del Consumidor, Clientes y Usuarios. Rediseño
Institucional del Estado en la Globalización: Regiones Supranacionales,
Regiones Subnacionales y Gobiernos Locales.
El
VIII Congreso Nacional de Derecho Político “El Derecho frente a los
desafíos de la institucionalidad democrática”, realizado en la Ciudad de
Córdoba en el mes de junio de 2011, en la Facultad de Derecho y
Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba, se organizó con
cinco ejes temáticos centrales: “Estado y Regulación”; “Representación
Política y Democracia”; “Relaciones Intergubernamentales: Locales,
Nacional y Regionales”; “Teorías Políticas Contemporáneas y su relación
con el Derecho Positivo”.
Además se
desarrollaron debates en la “Mesa Permanente sobre: la Enseñanza del
Derecho Político”, y se constituyó una Comisión Especial para el debate
de los estudiantes.
Con miras al IX
Congreso que se realiza en la Facultad de Derecho de la Universidad
Nacional de Rosario, las comisiones se mantienen.
Palabras finales.
La proyección de las instituciones como la AADP está intimamente
vinculada a la capacidad de construcción de sentido, en este caso de un
campo tan complejo y múltiple en enfoques como es el campo de estudio
del Derecho Político.
Según nuestra perspectiva, la AADP tiene varios desafíos, entre los que destacamos los siguientes:
- Fortalecerse institucionalmente evitando la penetración de aquellas tendencias históricas que desnaturalizan su objeto específico;
- Profundizar la conformación plural y federal de las representaciones docentes en el seno de la organización;
- Ampliar espacios de participación tanto en el desarrollo de actividades propias del campo del derecho político cuanto en la toma de decisiones;
- Promover el debate constante como método para nuclear a profesionales, profesores y estudiantes en torno a la AADP;
- Desarrollar programas de formación docente y profesional;
- Desarrollar actividades de actualización y divulgación de concocimientos sobre las temáticas abordadas en dicho campo;
- Promover publicaciones periódicas;
- Impulsar el uso de las TIC's en la programación y desarrollo de las actividades y eventos institucionales.
Eficiencia
y credibilidad son supuestos básicos para el desempeño eficaz de la
organización dentro del campo de estudio del derecho político.
La
construcción de confianza es clave en las relaciones interpersonales
tanto como para el prestigio institucional que deviene de la
resposabilidad y el compromiso de los miembros para el cumplimiento de
las funciones previstas por la AADP frente a la comunidad académica o
universitaria y ante la sociedad.
Trabajar
en redes con organismos nacionales e internacionales; con
universidades, centros de estudios, institutos y asociaciones de
naturaleza similar que desarrollan sus actividades en distintos páises
de latinoamérica, debe constituirse en un tema central de la agenda
institucional de la AADP.
Mientras
debatimos la proyección institucional en un campo de estudio complejo,
con múltiples enfoques y perspectivas, como es el del derecho político.
Es importante también que demos el debate sobre el potencial que posee
la institución para otorgar de mayor sentido a la democracia,
fortaleciendo -en un sentido arquitectónico- las dimensiones jurídica y
política de los Estados nacionales que en América Latina, y en Argentina
en particular, luchan por identidad e independencia estrechando lazos
de fraternidad entre los pueblos de la región.-
Bibliografía:
BOURDIEU, Pierre (2006): Campo del poder y reproducción social. Elementos para un análisis de la dinámica de las clases. Córdoba, Ferreyra Editor.
COMISIÓN CONSULTIVA DE EXPERTOS -CCE (2008): Así no va más. Diagnóstico y propuestas de reforma politico-electoral de la Provincia de Córdoba.
DUARTE,
Miguel Angel (2011): "La importancia del Derecho Político”. Exclusivo
para el Diario Comercio y Justicia. Publicado el miércoles 15 de junio,
p.12A.
FERNÁNDEZ J. Manuel (2005): “La
noción de violencia simbólica en la obra de Pierre Bourdieu: una
aproximación crítica”. Universidad Complutense de Madrid.
GOODIN, Robert; y KLINGEMANN, Hans-Dieter (2001): Nuevo Manual de Ciencia Política. Madrid, ISTMO, 2 tomos. ISBN 84-7090-368-3.
HERNANDEZ, A.M.; MORA Y ARAUJO, M.; y ZOVATTO, D. (2005): Argentina una Sociedad Anómica. Encuesta sobre cultura constitucional. México. Idea Internacional
LOPEZ,
Mario Justo (1987): “Derecho político. Concepto. Historia. Relaciones
con otras disciplinas.” En Introducción a los Estudios Políticos;
Volumen I, Capítulo 2: Conocimiento Político pp. 116-125, y 147-150.
PESCADER,
Carlos Y RETA, María (2006): “De manuales y programas. Los contenidos
en la enseñanza del Derecho Político”. III Congreso Nacional de Derecho
Político: El Estado de Derecho, hoy. Situaciones y Perspectivas;
Comisión: "La enseñanza de lo político en las Facultades de Derecho".
AADP y Facultad de Derecho y Cs. Sociales, Universidad Nacional de
Córdoba, 28 y 29 de Septiembre.
CITAS:
1 La obra de Rousseau de 1762, Contrato Social o principios de derecho político,
trata principalmente sobre la legitimidad democrática, y el concepto
de Sociedad civil separado del concepto de Estado que en su enfoque se
subordina a aquella. Las ideas Rousseaunianas influyeron en la
Revolución Francesa de 1789, principalmente en la Declaración de 1793 y
la Constitución del Año I de Francia.
2 LÓPEZ, Mario Justo (1992): Introducción a los estudios políticos. Buenos Aires, Depalma, vol I, ISBN: 950-14-0088-3 (vol.I). p.117.
3 LÓPEZ, Mario Justo (1992) Op. Cit. p.118.
4 LÓPEZ, Mario Justo (1992) Op. Cit. p.149.
5 LÓPEZ, Mario Justo (1992) Op. Cit. p.149.
6 HELLER, Hermann (1947): Teoría del Estado. México. Fondo de Cultura Económica, 2da edición en español.p.218.
7
PESCADER Y RETA (2006): Ponencia presentada en el III Congreso
Nacional de Derecho Político, Córdoba, AADP y Facultad de Derecho y
Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba. Comisión de
Enseñanza del Derecho Político.
8 Tomamos los conceptos de 'capital simbólico' y lo simbólico en Pierre Bourdieu:
- GIMÉNEZ, Gilberto (1997): “La Sociología de Pierre Bourdieu”.
Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, .San Andrés
Totoltepec. En: http://www.paginasprodigy.com/peimber/BOURDIEU.pdf.
“Bourdieu introduce una cuarta especie de capital: el capital
simbólico. Éste consiste en ciertas propiedades impalpables, inefables y
cuasi-carismáticas que parecen inherentes a la naturaleza misma del
agente. Tales propiedades suelen llamarse, por ejemplo, autoridad,
prestigio, reputación, crédito, fama, notoriedad, honorabilidad,
talento, don, gusto, inteligencia, etc. Según Bourdieu, el capital
simbólico así entendido “no es más que el capital económico o cultural
en cuanto conocido y reconocido” (Bourdieu, 1987a: 160). En efecto,
lejos de ser naturales o inherentes a la persona misma, tales
propiedades sólo pueden existir en la medida en que sean reconocidas
por los demás. Es decir, son formas de crédito otorgados a unos agentes
por otros agentes.” P.15.
- FERNÁNDEZ J. Manuel
(2005): “La noción de violencia simbólica en la obra de Pierre
Bourdieu: una aproximación crítica”. Universidad Complutense de Madrid.
“Pierre Bourdieu describe lo «simbólico» como eso que es material pero
que no se reconoce como tal (gusto en el vestir, un buen acento,
«estilo») y que deriva su eficacia no simplemente de su materialidad
sino de esta verdadera «misrecognitio». Como ha escrito Pinto (2002:
148), «El análisis de las formas simbólicas es verdaderamente el «punto
fuerte de las estructuras sociales, si es verdad que el punto más
fuerte es aquel del que se sospecha que es menos protegido por la
fuerza». P.8.
9 FERNÁNDEZ J. Manuel (2005)
Op. Cit. P.13 “La dominación simbólica se basa en el desconocimiento y
el reconocimiento de los principios en nombre de los cuales se ejerce.
Las actividades y los recursos aumentan en poder simbólico, o
legitimidad, a medida que se distancian de los intereses materiales
subyacentes y aparecen como formas desinteresadas.
10 BOURDIEU, Pierre (2006): Campo del poder y reproducción social. Elementos para un análisis de la dinámica de las clases.
Córdoba, Ferreyra Editor. “Las estrategias de inversión simbólica son
todas las acciones que apuntan a conservar y a aumentar el capital de
reconocimiento (en los diferentes sentidos), favoreciendo la
reproducción de los esquemas de percepción y de apreciación más
favorables a sus propiedades y produciendo las acciones susceptibles de
ser apreciadas favorablemente según esas categorías (...)” p.37.